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Ya compré y pagué IVA, ¿puedo recuperarlo?

Si escrituraste desde el 22 de abril de 2026, podrías recuperar el IVA.

1. Quiénes pueden optar

Quienes escrituraron entre el 22 de abril y el 30 de noviembre de 2026 y pagaron IVA.

La vivienda debe cumplir los demás requisitos: ser nueva, en su primera venta y con recepción definitiva antes del 17 de octubre de 2026.

2. Cómo funciona la devolución

Primero, la inmobiliaria te devuelve el IVA que pagaste.

Luego, la inmobiliaria solicita ese monto al Servicio de Impuestos Internos (SII).

Tú no tienes que hacer trámites ante el SII.

3. No es automático

La devolución es voluntaria para la inmobiliaria.

Si compraste en este período, contacta a tu ejecutivo para revisar tu caso.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal ni tributaria. Consulta con tu ejecutivo antes de tomar una decisión.